Foto: Manuel Larrañaga
Texto: Mónica Fernández
La Gaceta Oficial de Cuba ha dado a conocer dos resoluciones emitidas por el Ministerio de Comercio Interior (MINCIN) con fecha del 20 de julio. La primera establece un conjunto de regulaciones para llevar a cabo ventas de garaje, mientras que la segunda aborda la venta minorista a personas naturales mediante la modalidad de venta a plazos.
La resolución 97/2021 reconoce las ventas de garaje como una “comercialización minorista eventual” y permite su realización con la autorización de la autoridad competente en cada provincia y municipio. Además de las personas naturales, las autoridades locales podrán organizar también estas ventas.
Una de las ventajas de esta resolución es que especifica que no se requiere una licencia de trabajador por cuenta propia para realizar una venta de garaje. Sin embargo, se debe solicitar un permiso al Consejo de Administración Municipal con, al menos, una semana de antelación. Este permiso tendrá un costo máximo de 50 CUP y podrá ser emitido para múltiples ventas.
La normativa también aclara que únicamente se podrá vender artículos de uso doméstico y personal, ya sean usados, seminuevos o nuevos. Se excluyen de esta normativa los artículos nuevos e importados, así como aquellos fabricados por la industria nacional, las pieles de animales y las maderas preciosas, así como alimentos. La resolución deja un margen de duda en cuanto a la venta de artículos nuevos de uso doméstico que sean de origen importado.
Por otro lado, la segunda resolución, 98/2021, permite la venta minorista a plazos de ciertos bienes duraderos cuyos precios excedan los 2,500 CUP. Entre los bienes mencionados en la norma se incluyen muebles, colchones, bicicletas y electrodomésticos.
Para que una persona pueda solicitar el pago a plazos, debe demostrar su ciudadanía cubana y tener residencia permanente en la provincia donde solicita la venta a plazos. Se exige que tenga más de 18 años y cuente con ingresos demostrables, fijos y regulares respaldados (mediante una certificación del centro de trabajo que muestre el salario, una declaración jurada de ingresos personales, o certificación de ingresos por parte de la Dirección de Trabajo o del Instituto Nacional de Seguridad Social, o los datos de un fiador) y debe demostrar que ha cumplido con sus obligaciones de pago anteriores.
Si se aprueba esta forma de pago, el cliente deberá abonar al menos el 20% del precio del bien y podrá tener hasta un año para saldar el resto, con una tasa máxima de interés del 2.5%. En caso de incumplimiento, la entidad puede solicitar la devolución del producto e incluso recurrir a acciones legales.
A pesar de la sorpresa que han causado ambas medidas, es innegable que reflejan una realidad y, si se implementan correctamente, pueden tener un impacto positivo en la población.