Foto: Roy Leyra | CN360
El nuevo Código Penal de Cuba, que será aprobado sin consulta pública, expande el uso de la pena de muerte a cuatro nuevas figuras delictivas, casi todas relacionadas con delitos contra la seguridad del Estado, a excepción del asesinato.
Con este incremento, la nueva normativa sumará estos delitos a los 20 ya contemplados en el código de 1987, que sigue vigente, y limitará su aplicación en los casos que no pongan en peligro dicha seguridad del Estado.
Por ejemplo, los ciudadanos cubanos que cometan tortura de individuos, resultando en la muerte de estos, así como aquellos culpables de agresiones sexuales graves, verán como pena máxima la cadena perpetua en el caso de la corrupción de menores.
El nuevo Código enfatiza que el uso de la pena de muerte es para delitos políticos y presenta estas cuatro nuevas figuras delictivas: toma de rehenes (artículo 155.2), actos contra la seguridad de la navegación marítima (artículo 157.2), actos contra la seguridad de la aviación y aeropuertos (artículo 161), y actos contra las plataformas fijas situadas en la plataforma continental e insular (artículo 166.2).
Además, el artículo 33.1 aclara que la pena de muerte “tiene carácter excepcional, y solo se aplica por el tribunal en los casos más graves de comisión de los delitos para los que está establecida”. A su vez, el artículo 33.2 especifica que esta condena “no puede imponerse a los menores de 25 años, ni a las mujeres que cometieron el delito en estado de gestación, o que lo estén al momento de dictarse la sentencia, o que ejecuten el hecho delictivo dentro de las 72 horas posteriores al parto”.
Asimismo, la normativa incrementará la aplicación de la cadena perpetua hasta casi diez veces el número de delitos, pudiendo utilizarse esta condena, de manera expresa, como sanción principal o como alternativa a la pena de muerte.
La organización Amnistía Internacional (AI) sigue instando a los países a “poner fin para siempre a los homicidios autorizados por el Estado”, considerando que “la pena de muerte es un castigo intolerable”. En la actualidad, más de dos tercios de los países han abolido la pena de muerte en su legislación o en la práctica. Según el informe anual de AI de 2020, 108 naciones del mundo han eliminado dicha condena de sus leyes, mientras que 29 países mantienen una moratoria sobre las ejecuciones. Sin embargo, 55 estados continúan aplicándola, entre ellos Cuba.