Nueva regulación del Banco Central de Cuba permitirá el manejo de criptomonedas.

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El Banco Central de Cuba (BCC) emitió la resolución 89 del 2022, publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 43 del 26 de abril, que legaliza la presencia del bitcoin en la isla y regula el otorgamiento de licencias para operar con criptomonedas.

En agosto de 2021, el BCC aprobó la resolución 215, que ahora sirve como base para la nueva normativa. El texto del año anterior brindó indicios sobre la regularización de esta actividad, según los planes de las autoridades cubanas.

El resumen en el sitio web de la Gaceta Oficial indica que la nueva resolución “establece los requisitos específicos para la autorización, funcionamiento, regulación, supervisión, vigilancia, mecanismos correctivos y cancelación de licencias a los proveedores de servicios de activos virtuales que operen en y desde el territorio nacional”.

El documento aclara que para realizar actividades como proveedores de servicios de activos virtuales, cualquier persona, ya sea natural o jurídica, deberá solicitar una licencia al BCC. Después de la solicitud, se “evalúa la legalidad, oportunidad e interés socioeconómico de la iniciativa, las características del proyecto, la responsabilidad de los solicitantes y su experiencia en la actividad”.

Los inversionistas extranjeros que deseen establecerse en la isla también deberán tramitar dicha licencia ante el BCC, independientemente de si cuentan con un permiso como “proveedor de servicios de activos virtuales en otra jurisdicción”.

Los permisos que otorgará el BCC serán válidos solo por un año, pero serán prorrogables por otro más, “dado el carácter experimental y novedoso de este tipo de actividad”. La institución cubana también advirtió que podría revocar la licencia concedida en cualquier momento, de acuerdo con el Decreto-Ley 362.

Entre otros detalles, se establece que en todos los casos, los solicitantes deberán indicar cuál es el “capital inicial para el desarrollo de las actividades u operaciones autorizadas”, aspecto que el BCC considerará para los otorgamientos.

Además, es relevante que después de otorgada la autorización, se deberán informar todas las transferencias que superen los 1000 dólares, para lo cual el BCC será responsable de “obtener, retener y transmitir la información de forma inmediata y segura”.

La entidad bancaria de la isla reafirma en la nueva normativa su compromiso en la lucha contra el lavado de dinero; si existen sospechas razonables “por las características de los participantes o las circunstancias de la operación de que se trata de un ilícito”, cuentan con los mecanismos necesarios para actuar rápidamente.

Asimismo, se establece que “los proveedores de servicios de activos virtuales están bajo la supervisión de las unidades organizativas designadas por el Banco Central de Cuba, sin perjuicio de las inspecciones y controles que realicen otras autoridades previstas en la legislación vigente”.

Las regulaciones aprobadas en la Resolución 89 del 2022 entrarán en vigor el próximo 16 de mayo, tras cumplirse los 20 días de publicación en la Gaceta Oficial, según lo estipulado por las normas jurídicas de la isla. El documento está firmado por la Ministra Presidenta del BCC, Marta Sabina Wilson González.

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