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Las autoridades cubanas han ampliado la vigencia de la Certificación de Antecedentes Penales, a través de la Resolución 609/2023 del Ministerio de Justicia (MINJUS), que comenzó a regir el 30 de noviembre.
Esta normativa establece que las Certificaciones de Antecedentes Penales tendrán una validez de un año a contar desde su fecha de emisión.
Además, la disposición señala que las certificaciones emitidas desde el 1 de diciembre de 2022 podrán ser utilizadas hasta el primer aniversario de su emisión.
“Esta es una excelente noticia, ya que permite al solicitante contar con más tiempo para realizar su trámite sin que el certificado caduque”, comentó el grupo Aristeo, especialistas en trámites de extranjería con sede en España.
Antes de la Resolución 609, estos documentos solo eran válidos por seis meses, lo que ocasionaba que muchos interesados no pudieran finalizar sus trámites migratorios antes de su expiración.
El MINJUS reconoció la necesidad de extender la duración de estos documentos debido a las dinámicas de resolución de procesos penales y al incremento en las solicitudes de certificaciones para diversos trámites de la población.
Asimismo, la entidad estatal consideró que, atendiendo a las dificultades presentes, las certificaciones “deben ser renovadas al finalizar su periodo de validez”.
Por lo tanto, la ampliación del plazo beneficiará la simplificación de los trámites para los interesados y disminuirá la carga de trabajo en el Registro Central de Sancionados del MINJUS.
La Certificación de Antecedentes Penales es el único documento legalmente reconocido para verificar si una persona tiene o no antecedentes penales, y se utiliza para diversos trámites, tanto a nivel nacional como internacional.
La aprobación e implementación de la resolución no modifica los procedimientos de solicitud y legalización de la Certificación de Antecedentes Penales, la cual puede ser solicitada por ciudadanos cubanos mayores de 16 años y extranjeros que residan temporal o permanentemente en la isla.
Cuando el documento se utilice dentro del territorio nacional, solo se requerirán los sellos de timbre por un valor de 5 CUP, que forman parte del impuesto de tramitación de documentos oficiales.
En caso de ser solicitado para uso fuera de Cuba, el costo variará según la residencia de la persona y el lugar de uso. Esto se detalla de la siguiente manera:
– Documento para uso en el exterior, solicitado por un residente permanente en Cuba, ya sea cubano o extranjero con residencia en el país: 1 250 CUP más el sello de timbre por valor de 5 CUP.
– Si la persona que requiere la certificación es residente en el exterior o no tramita el documento personalmente: 1 250 CUP más sellos de timbre por un total de 125 CUP.
La solicitud de la certificación puede hacerse de forma presencial por aquellos que conserven su residencia permanente en Cuba, ya sea para sí mismos o para otra persona interesada.
Si el documento se necesita para uso en territorio nacional, también puede solicitarse en línea a través del sitio web del MINJUS. Sin embargo, se debe aclarar que esta modalidad es válida para la solicitud, pero la recogida debe realizarse en persona.