Sentencian a prisión a varios cubanos por manifestarse ante el gobierno de Manicaragua.

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Foto: Archivo CN360

Seis habitantes de Villa Clara fueron sentenciados a penas que oscilan entre cinco y seis años de prisión por su participación en una manifestación pacífica durante un apagón, acontecida en octubre de 2024 frente a la sede del Gobierno Municipal en Manicaragua. Esta información fue revelada el pasado fin de semana por el Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), el cual tiene su sede en Madrid.

De acuerdo con la organización, el Tribunal Provincial de Villa Clara emitió su fallo el 20 de octubre, tras un proceso penal fundamentado en supuestos delitos contra la seguridad del Estado. Entre los condenados se encuentran José Águila Ruiz, acusado de «propaganda contra el orden constitucional», y Raymond Martínez Colina y Carlos Hurtado Rodríguez, procesados por «desórdenes públicos»; los tres recibieron sentencias de seis años de cárcel, además de sanciones accesorias.

Asimismo, Osvaldo Agüero Gutiérrez, Narbiel Torres López y Yoan Pérez Gómez fueron condenados a cinco años de privación de libertad, igualmente por desórdenes públicos. Todos ellos deberán cumplir con restricciones adicionales, como la suspensión de derechos políticos y la prohibición de salir del país. Torres López, por otro lado, es apenas un joven de 18 años.

La sentencia, a la que tuvo acceso el OCDH, revela que los acusados formaban parte de un colectivo de más de cien personas que se reunió la noche del 20 de octubre de 2024 frente a la sede de la Asamblea Municipal del Poder Popular durante el apagón. Según el documento judicial, los manifestantes golpeaban calderos y objetos metálicos mientras exigían el restablecimiento del servicio eléctrico.

El veredicto judicial atribuye a los acusados acciones que incluyeron hacer ruido con objetos metálicos, incitar a la protesta con un claxon improvisado y realizar gestos y gritos que, según el tribunal, “impidieron” a los funcionarios explicar la situación energética. La acusación argumentó que estas acciones tenían como objetivo “apabullar a los dirigentes” y que José Águila Ruiz, al grabar y difundir imágenes en tiempo real, lo hizo con la intención de “desacreditar el sistema social cubano”.

El OCDH tildó la sentencia de “fraude” y denunció que su único propósito es criminalizar la protesta cívica. Indicó que el fallo vulnera garantías fundamentales, tales como el debido proceso, la presunción de inocencia y la legalidad penal. Además, destacó que las condenas se basan en pruebas inconsistentes y en el uso de un lenguaje con sesgo político.

Los magistrados que firmaron el fallo son Justo Gustavo Faife Hernández (ponente), Noraimis Blanco Echarte y Ricardo Hernández Domínguez. El fiscal encargado del caso fue Yoenys Montero Tamayo.

La represión de manifestaciones pacíficas en Cuba se da en un contexto de creciente descontento social, alimentado por la profunda crisis económica, los apagones prolongados, el desabastecimiento de agua potable, la inseguridad alimentaria y el colapso de los servicios públicos.

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