Foto: Cuba Noticias 360
Texto: Fede Gayardo
El Consejo de Ministros ha aprobado un incentivo laboral enfocado en reforzar la estabilidad dentro de las entidades del sector presupuestado, utilizando para ello los recursos derivados de las inejecuciones del presupuesto asignado. Esta medida tiene como objetivo garantizar que los trabajadores del sector público mantengan su empleo a través de un pago extraordinario financiado con fondos no ejecutados.
La resolución fue publicada el 11 de agosto en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 45 de la República de Cuba, bajo el Acuerdo 10199/2025, y lleva la firma del primer ministro Manuel Marrero Cruz, quien autoriza la redistribución de las inejecuciones del fondo de salarios para destinar estos recursos a un pago adicional.
Es crucial señalar que este no es un aumento salarial permanente; el incentivo tiene un carácter “temporal” o “por única vez”, y su cantidad dependerá de las valoraciones internas de cada unidad.
Cada jefe de unidad presupuestada, en colaboración con la “organización sindical”, deberá crear un reglamento interno que establezca cómo se distribuirán esos recursos; este documento deberá incluir criterios como el alto rendimiento y otros factores que influirán en el monto y la posible periodicidad del pago.
No todos los sectores están incluidos en esta medida. Los órganos y organismos con regímenes salariales diferenciados, como las instituciones de salud y educación, quedan excluidos, ya que sus trabajadores seguirán beneficiándose de los incentivos establecidos por sus propios regímenes salariales debido a su esfuerzo adicional y carga laboral, por lo que no recibirán esta redistribución.
Respecto a los plazos y la fiscalización, la normativa especifica que los responsables de las unidades presupuestadas tienen un plazo de 30 días para llevar a cabo una evaluación detallada sobre la viabilidad de redistribuir el fondo de salarios. Asimismo, deberán presentar informes trimestrales que midan la eficacia de la medida y aseguren un uso eficiente de los recursos de acuerdo con los objetivos establecidos.
Aunque no existe un aumento uniforme garantizado, cada entidad determinará el monto adicional basado en elementos como el desempeño, la responsabilidad del puesto y las condiciones internas de la unidad. El pago podrá ser “por única vez” o por un período determinado, sin convertirse en una norma salarial permanente ni en una entrega masiva.
¿Qué son las unidades presupuestadas? En Cuba, estas entidades estatales reciben asignaciones del presupuesto del Estado para llevar a cabo sus actividades sin comprometer la calidad de los servicios que ofrecen. Se constituyen con el fin de controlar y optimizar el uso de los recursos asignados.
El presupuesto del Estado cubano opera en tres niveles: Central, locales y de Seguridad Social, cada uno compuesto por un conjunto específico de ingresos y gastos.
Los organismos gubernamentales varían desde ministerios hasta direcciones provinciales y municipales, y son responsables de la gestión pública y la implementación de políticas a diferentes niveles del Estado.
Las empresas estatales son aquellas que reciben financiamiento para realizar actividades productivas o prestar servicios, gestionando recursos públicos para mantener operaciones que contribuyan a la economía y al bienestar colectivo.
Asimismo, en esta categoría se incluyen las organizaciones no gubernamentales, que pueden acceder a financiamiento estatal para proyectos específicos; aunque no se consideran estrictamente unidades presupuestadas, su participación en programas financiados por el Estado las coloca dentro de este marco cuando reciben asignaciones concretas.
La medida, en términos generales, busca ofrecer mayor flexibilidad en la gestión salarial pública utilizando recursos ya disponibles. Resta por ver si este flujo adicional logrará traducirse en una estabilidad real para las plantillas estatales sin comprometer los servicios esenciales.