Foto: Jorge Luis Borges / CN360
La Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería del Ministerio del Interior de Cuba ha aclarado que los rumores aislados sobre el cobro del Pasaporte Corriente cubano en MLC y la supuesta restricción de no otorgarlo a menores de 18 años son infundados.
En respuesta a estas especulaciones, la entidad estatal proporcionó detalles sobre las consultas recibidas en relación a la expedición del Pasaporte Corriente en el contexto de la Nueva Normalidad.
Según una nota oficial publicada en el sitio digital del organismo, el Pasaporte Corriente es un documento de identidad y ciudadanía que se expide a todos los ciudadanos cubanos que lo soliciten, ya sea que residan en el país o en el extranjero.
Además, se aclara que para las solicitudes a favor de menores de 18 años e incapacitados, es un requisito indispensable presentar la autorización de ambos padres o tutores legales, formalizadas ante Notario Público o el Cónsul correspondiente.
La Dirección de Identificación, Inmigración y Extranjería de Cuba reitera que se mantienen las mismas vías y formalidades establecidas por la Ley para la obtención del pasaporte cubano.
Según la página web del organismo, las solicitudes de Pasaporte Corriente realizadas por ciudadanos cubanos residentes en el territorio nacional se presentan en las oficinas de trámite del Ministerio del Interior. Asimismo, las solicitudes de Pasaporte Corriente de ciudadanos cubanos que residen en el exterior se formalizan ante las representaciones diplomáticas o consulares, o cualquier otra oficina cubana debidamente autorizada.
Por otra parte, los ciudadanos cubanos que residen permanentemente en el extranjero y que se encuentren en Cuba deberán presentar su pasaporte cubano como documento de identidad válido en el territorio nacional.