Ante la crisis económica que enfrentan los cubanos tras la COVID-19 y el Ordenamiento Monetario, que ha generado, entre otras consecuencias, un aumento notable en la migración, fuentes oficiales han reportado un incremento en la usurpación de viviendas en Cuba desde 2022.
Esta situación se ha convertido en una preocupación tanto para personas naturales como jurídicas, lo que llevó a la reformulación de esta figura delictiva, que ahora está tipificada como delito en los Artículos 421 y 422 del Código Penal cubano, aprobado el 15 de mayo del año en curso.
En concordancia con este instrumento, el 2 de marzo de 2023, la Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el dictamen 471 del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular, el cual detalla las particularidades de este delito y, lo más relevante, deroga el complicado procedimiento administrativo que antes ralentizaba la solución de estos casos.
El primer paso consiste en comunicar al inquilino ilegal que debe abandonar el inmueble. Si se niega, se presenta una denuncia penal en la estación de policía, lo que activa la notificación a la fiscalía, comenzando así la investigación y, posteriormente, el plan de extracción por parte del MININT, aclara José Ramón González Guadarrama, juez a cargo de la Comunicación Institucional y Marketing del Tribunal Provincial Popular de Villa Clara.
Este plan incluye una orden de registro y un acta de detención, y los imputados tienen derecho a contar con un abogado. Una vez ejecutado el plan de extracción, se presenta el caso a la fiscalía dentro de un plazo de 24 horas, y este órgano tiene 72 horas adicionales para evaluar la medida cautelar (que en la mayoría de los casos es la prisión provisional), explican otras fuentes involucradas en el proceso.
“Luego, el Tribunal se hace cargo del caso, se lleva a cabo el juicio oral con todas las pruebas y se dicta la sentencia correspondiente, contra la cual se puede interponer un recurso de apelación. Una vez que la sentencia es firme (es decir, no puede ser apelada), se procede con el desalojo, junto con todos los miembros de la comunidad y las autoridades, y se restablece la legalidad de la vivienda,” añade una nota de la plataforma oficialista Cubadebate.
De acuerdo con datos proporcionados, una gran parte de las denuncias recibidas durante 2023 que exigen el cese de la usurpación no provienen de los propietarios legales del inmueble, lo cual, de forma oficial, exige la presentación de pruebas como: testimonios y la titularidad de la casa.
Una inquietud surge en relación con cómo se manejan las usurpaciones que ocurrieron antes de la aprobación del Código Penal en 2022. Las autoridades jurídicas explican que esos procesos se llevan a cabo de la misma manera que antes de que la usurpación fuera tipificada como delito.
“No solo la fuerza física, la entrada forzosa o la violencia de género se observan en los casos de usurpación. Algunos casos surgen de decisiones de los propietarios que confían en dejar a un usurpador al cuidado de la casa, y este, al momento de abandonar la vivienda, se niega a salir,” señalan fuentes legales.
El marco sancionador para quienes cometan este delito incluye penas de prisión de 6 meses a dos años, o multas que van de 200 a 500 cuotas para aquellos que incurran en estos actos ilegales. Las sanciones se agravan en función de otros delitos asociados a estos hechos, y cada caso presenta características distintas.