Foto: Roy Leyra | CN360
La Embajada de Panamá ha comunicado sobre los trámites consulares que se llevan a cabo en su sede de La Habana y ha aclarado que las citas para estos procesos “son totalmente gratuitas”.
Mediante su perfil en Facebook, la sede consular explicó que los trámites de autenticación y legalización se realizan en el Consulado de Panamá en Cuba solo con una cita previamente agendada.
“Las citas para legalizar documentos NO tienen costo y no requieren intermediarios. Evite ser estafado”, advirtió a todos los interesados en realizar este tipo de gestiones.
En cuanto a la obtención de citas para las legalizaciones, la embajada proporcionó la dirección electrónica [email protected] así como un enlace web, a través de los cuales se pueden solicitar dichos turnos.
El proceso incluye el llenado de un formulario con los datos del solicitante. Después de enviar el formulario, “recibirá un primer correo confirmando la solicitud, y posteriormente, un segundo correo unos días después con la fecha de su cita”.
Estos servicios consulares abarcan inscripciones en el registro civil, autenticaciones, copias fieles y salvoconductos. La embajada panameña publicó las tarifas que se deberán abonar por cada uno de estos trámites.
Las tarifas consulares se deberán pagar en dólares estadounidenses (USD), con un costo de 30 USD para las inscripciones en el registro civil, las autenticaciones y las copias fieles, según detalla la publicación en la red social.
Por otro lado, el salvoconducto, destinado a ciudadanos panameños sin pasaporte que necesiten regresar al país, tendrá un valor de 78 USD; mientras que el pasaporte panameño variará entre 100 y 180 USD, dependiendo del número de páginas que el ciudadano elija para su documento.
A finales de marzo pasado, el gobierno de Panamá firmó un decreto ejecutivo que modificaba las condiciones y requisitos para la expedición de visas de tránsito para los cubanos que necesiten hacer una escala en su territorio.
Publicado en la Gaceta Oficial de la República de Panamá, el Decreto No. 30 entró en vigor de inmediato y ajustó los artículos 1, 2, 3 y 5 del Decreto Ejecutivo No. 162, promulgado en diciembre de 2022, que establece la visa de tránsito como requisito para los pasajeros cubanos.
En esa fecha, el gobierno panameño anunció la extensión por tres meses del decreto que exige el visado de tránsito a los ciudadanos cubanos que realicen escala en el país, según informó su Consulado en Cuba a través de las redes sociales.
La nueva normativa mantuvo estos requisitos e introdujo una modificación que permite el libre visado de tránsito para “aquellos que demuestren tener un contrato de trabajo en su país de destino, que contenga los sellos del registro de la autoridad competente en ese país, debidamente apostillado o legalizado según corresponda”.