Foto: Roy Leyra | CN360
La Embajada de México en Cuba recuerda nuevamente los requisitos de visado necesarios para transitar por los aeropuertos mexicanos, así como algunas novedades y excepciones sobre este trámite.
A partir del próximo 22 de octubre, entrará en vigor este nuevo requisito. En este sentido, la sede diplomática informa:
“Si eres extranjero, necesitas visa para ingresar al territorio mexicano y planeas transitar por sus aeropuertos internacionales, debes contar con una visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas.”
Están exentos de cumplir con esta disposición aquellos pasajeros que posean residencia permanente en Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, así como en cualquiera de los países que integran el Espacio Schengen y los miembros de la Alianza del Pacífico.
Igualmente, están exentos quienes cuenten con una visa válida y vigente para Canadá, Estados Unidos de América, Japón, Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte o de cualquiera de los países que forman parte del Espacio Schengen.
Además, se aclara que, dependiendo de la tarjeta de residencia, se requerirá o no visa para una estancia en México de menos de 180 días sin recibir remuneración económica.
En el caso de España, las tarjetas deben indicar claramente en la parte posterior “Permanente” o “Larga duración”.
Es conocido que todos los cubanos necesitan visa para ingresar a México; por lo tanto, a partir de esa fecha, estarán obligados a solicitar una visa de visitante sin permiso para realizar actividades remuneradas para poder transitar por los aeropuertos internacionales del país.